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PREGUNTAS Y RESPUESTAS ACTUALIZADAS 25 DE ENERO /GOBIERNO VASCO

25/01/2021 - Varios
Medidas específicas de prevención ante el coronavirus

50. ¿Está permitido el deporte escolar?

En aquellos municipios con la Tasa de Incidencia Acumulada de casos positivos por Covid-19 en los últimos 14 días que sea inferior a 500 por cada 100.000 habitantes, se podrán realizar los entrenamientos de deporte escolar que deberán organizarse en grupos de seis personas como máximo, sin variar su composición y no pudiéndose hacer uso de vestuarios.

51. ¿Y la competición en deporte escolar?

No.

52. ¿Pueden los y las escolares hacer uso de los vestuarios?

No. El uso de los vestuarios no está permitido en el deporte escolar, salvo lógicamente los vestuarios de piscinas que deben utilizar los y las usuarias.

53. ¿Puedo realizar deporte en grupo?

En aquellos municipios con la Tasa de Incidencia Acumulada de casos positivos por Covid-19 en los últimos 14 días que sea inferior a 500 por cada 100.000 habitantes, la práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, y en grupos de hasta un máximo de seis personas de forma simultánea.

En aquellos municipios con la Tasa de Incidencia Acumulada de casos positivos por Covid-19 en los últimos 14 días que sea igual o superior a 500 por cada 100.000 habitantes, queda suspendida cualquier tipo de actividad deportiva en grupo, tanto en entrenamiento como en competición. Quedan exceptuados, pudiéndose realizar, los entrenamientos y competiciones deportivas de los equipos inmersos en competición profesional o semi-profesional, cursos o actividades programadas en gimnasios, clubs deportivos o polideportivos y la práctica de la actividad física y deportiva, al aire libre y en grupos de hasta seis personas. 11

 

54. ¿Se puede salir a correr o andar en bicicleta en grupo?

La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, y en grupos de hasta un máximo de seis personas de forma simultánea en aquellos municipios con una Tasa de Incidencia Acumulada inferior a 500 casos por 100.000 habitantes.

55. ¿Puedo quitarme la mascarilla mientras hago deporte de forma individual en entornos urbanos?

En el desarrollo de cualquier actividad deportiva será preceptivo el uso de mascarilla. Únicamente, queda exceptuado su uso en espacios naturales, en entornos urbanos periféricos sin concurrencia de viandantes, en piscinas, en entrenamiento de equipos inmersos en competición profesional o semi-profesional, en competición y en los momentos extraordinarios de actividad física intensa en exteriores.

56. ¿Es obligatorio el uso de mascarilla en polideportivos, gimnasios y recintos interiores?

Sí.

57. ¿Se permite la utilización de los vestuarios y zonas de duchas?

Sí, con una ocupación del 30% de su aforo máximo. Estará permitida así mismo la utilización de duchas siempre que su uso sea individual. El uso de la mascarilla será obligatorio excepto en el momento de la ducha y se respetará en todo momento la distancia de seguridad entre personas usuarias. Los vestuarios deberán ventilarse de manera continua durante su uso y, además, antes de su apertura y después de su cierre. Si la ventilación es mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire.

58. ¿Qué se entiende como deportista semiprofesional?

Son deportistas que participan en las diferentes competiciones estatales e internacionales del calendario oficial, así como las competiciones de máximo nivel organizadas por la federación vasca correspondiente, todas ellas en categoría absoluta y en la categoría inferior a la absoluta que les corresponda en competiciones de nivel estatal o internacional. En este apartado quedan incluidas las competiciones de deportes autóctonos de máximo nivel de categoría absoluta.

59. ¿Qué se entiende como “competiciones y entrenamientos deportivos autorizados”?

El que afecta, por un lado, a equipos inmersos en competiciones profesionales y semiprofesionales, y por otro, al deporte federado.

El deporte federado, únicamente cuando el municipio de residencia o el municipio donde esté el club tenga una Tasa de Incidencia Acumulada inferior a 500 casos por 100.000 habitantes. 12

60. ¿Me puedo desplazar a otro municipio para jugar un partido?

Solo en las competiciones profesionales, semiprofesionales y federadas. En el caso de las competiciones federadas, únicamente cuando la Tasa de Incidencia Acumulada sea inferior a 500 casos por 100.000 habitantes.

61. ¿Está permitida la actividad cinegética en todas sus modalidades, así como la práctica de la pesca fluvial y marítima, deportiva y recreativa, en todas sus modalidades?

Sí, en el municipio de residencia.

En cualquier caso, debe respetarse siempre la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y es obligatorio el uso de la mascarilla.

62. ¿Puedo asistir como público a un evento deportivo?

No. Queda prohibida la asistencia de público a eventos deportivos.

63. ¿Puedo realizar deporte en la sala de máquinas de un gimnasio?

Sí, de forma individual, con uso de mascarilla, manteniendo la distancia de seguridad y respetando el aforo máximo permitido en el recinto.

64. ¿Se pueden impartir clases o actividades de manera grupal?

Se podrán realizar sólo los cursos o actividades programadas en gimnasios, clubs deportivos, piscinas y polideportivos, siempre que se realicen en su caso con mascarilla, exceptuando los momentos extraordinarios de actividad física intensa en exteriores en grupos máximo de 6 personas y estando limitado el aforo al 50 por ciento de la capacidad.

65. ¿Puede competir un o una deportista federada?

En aquellos municipios con la Tasa de Incidencia Acumulada de casos positivos por Covid-19 en los últimos 14 días que sea inferior a 500 por cada 100.000 habitantes están permitidas las competiciones deportivas de los y las deportistas y de equipos federados y profesionales.

En aquellos municipios con la Tasa de Incidencia Acumulada de casos positivos por Covid-19 en los últimos 14 días que sea igual o superior a 500 por cada 100.000 habitantes, únicamente están permitidas las competiciones deportivas de los y las deportistas y de los equipos inmersos en competición profesional o semi-profesional.

 

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